LAS NORMAS ESTÁN CAMBIANDO EN EL ÁMBITO DE LOS EPI. DESCUBRE CÓMO CON DINAMITEK.
Dinamitek presenta su guía sobre la nueva legislación europea en materia de EPI (Equipos de Protección Individual).
Las normas están cambiando en el ámbito de los EPI; descúbrelo con Dinamitek.
El Reglamento europeo 2016/425, que deroga la Directiva 89/686/CEE, entró en vigor el 21 de abril de 2018. Este reglamento se aplica a toda la Unión Europea. Esto significa que los EPI clasificados bajo el nuevo reglamento pueden circular libremente por toda Europa , ya que la normativa relativa a los requisitos de diseño y fabricación de los EPI es la misma en todos los países de la Unión Europea. En el caso de los EPI importados de fuera de la UE, es responsabilidad del importador verificar que cumplen con la legislación aplicable.
La nueva normativa se extiende a todos los EPI (Equipos de Protección Individual), que son « dispositivos diseñados y fabricados para ser usados o sostenidos por una persona para protegerla de uno o más riesgos para su salud o seguridad », incluidos los componentes, accesorios y repuestos, así como todo lo que se utilice para conectar los EPI usados a otros dispositivos o maquinaria.
El uso de EPI es obligatorio cuando no existen otros métodos para evitar riesgos en el lugar de trabajo y no es posible aplicar técnicas de prevención. Se priorizan las técnicas de protección colectiva y la reorganización del trabajo que aumentan los niveles de seguridad al reducir el umbral de peligro y los factores de riesgo para los trabajadores. Por consiguiente, los propios trabajadores están obligados a usar el EPI adecuado.
La nueva normativa se aplica a los EPI de nueva fabricación; para el resto de productos, las normas permanecen inalteradas: el producto se considera conforme si no ha sido manipulado y no ha caducado. Los EPI regulados por la Directiva 89/686/CEE pueden venderse hasta el 21 de abril de 2023 y utilizarse hasta el final de su vida útil declarada.
Actualmente, los EPI certificados conforme a la nueva normativa están disponibles en el mercado (desde el 21 de abril de 2018), y esta doble presencia continuará hasta el 21 de abril de 2023.

¿Qué cambia entonces?
Este periodo inicial de cambios normativos afecta a los fabricantes, quienes deben cumplir con las nuevas reglas al fabricar EPI. El fabricante debe indicar en el manual de instrucciones que el EPI cumple con el Reglamento (UE) 2016/425, junto con el sitio web donde se puede descargar el documento de conformidad y los riesgos contra los que el EPI está diseñado para proteger. El fabricante «asume la responsabilidad de la conformidad del EPI» con los requisitos establecidos por el reglamento. Además, el fabricante debe poder proporcionar la declaración de conformidad de la UE y la documentación técnica cuando se le solicite. Con la declaración de conformidad de la UE, el fabricante asume la responsabilidad de la conformidad del EPI con los requisitos establecidos por el Reglamento de la UE.
La nueva normativa clasifica los EPI en 3 tipos: Categoría I, Categoría II y Categoría III.
La categoría I incluye todos los EPI que protegen contra riesgos menores, como lesiones mecánicas superficiales, temperaturas inferiores a 50 grados Celsius, productos químicos suaves, exposición a la luz solar y condiciones climáticas no extremas. La categoría III incluye los EPI que protegen contra riesgos graves con consecuencias extremas, como la muerte y daños irreversibles. La categoría II incluye todos los EPI que protegen contra situaciones no contempladas en las otras dos categorías.
En resumen
Los EPI (equipos de protección individual) deben ser adecuados al riesgo que se pretende prevenir , deben ser seguros, prácticos, ergonómicos y deben poder utilizarse en combinación si es necesario para prevenir múltiples riesgos.
El EMPLEADOR elige el EPI , se encarga de capacitar a los trabajadores en el uso correcto del EPI y verifica la eficacia del EPI.
Los trabajadores reciben capacitación, utilizan correctamente los EPI y se encargan del mantenimiento rutinario de sus dispositivos.